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Reforma del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones:Regalos Indirectos e Informales Bajo la Lupa

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Reforma del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones:Regalos Indirectos e Informales Bajo la Lupa

18 set 2024

La reforma legislativa del impuesto sobre sucesiones y donaciones avanza hacia su aprobación,tras una opinión no vinculante del Parlamento el 24 de julio.
La reforma se centra en la redefinición del Artículo 56-bis del Tus (Decreto Legislativo 346/90),particularmente en lo que respecta a los regalos indirectos e informales.
Estos regalos,distintos de las donaciones formales,incluyen regalos indirectos logrados a través de actos legales y donaciones informales que resultan en transferencias directas de activos sin documentación formal.
El nuevo decreto elimina la condición cuantitativa para estos regalos e introduce exenciones específicas.
También confirma las condiciones bajo las cuales estos regalos pueden ser evaluados y gravados.
El artículo destaca las discrepancias civiles y fiscales respecto a las donaciones informales,enfatizando la necesidad de una consideración cuidadosa en la planificación patrimonial.

Introducción a la Reforma La reforma legislativa del impuesto sobre sucesiones y donaciones avanza hacia su aprobación,tras una opinión no vinculante del Parlamento emitida el 24 de julio. Esta reforma tiene como objetivo redefinir el Artículo 56-bis del Tus (Decreto Legislativo 346/90),abordando específicamente las llamadas liberalidades distintas de las donaciones. Estas incluyen regalos indirectos y donaciones informales,que tienen implicaciones distintas tanto legales como fiscales. #### Comprendiendo los Regalos Indirectos e Informales Desde una perspectiva fiscal,las liberalidades distintas de las donaciones pueden categorizarse en dos tipos:regalos indirectos y donaciones informales. Los regalos indirectos son actos legales o transacciones (denominados 'negozio-mezzo') ejecutados por un individuo para lograr los mismos efectos que una donación formal ('negozio-fine'). Por otro lado,las donaciones informales involucran actividades materiales o transacciones legales que resultan en una transferencia directa del donante al receptor,llevando a una disminución en los activos del donante y un aumento correspondiente en la riqueza del receptor. Estas no se formalizan en un acto de donación según el Artículo 782 del Código Civil,que requiere una forma solemne. #### Cambios Clave en el Nuevo Decreto La nueva disposición del Artículo 56-bis del Tus elimina la condición cuantitativa previamente requerida por la regulación existente. Esta condición estipulaba que las liberalidades distintas de las donaciones debían haber resultado en un aumento patrimonial superior a 350 millones de liras,ya sea solo o combinado con regalos previos al mismo beneficiario. Además,el proyecto de decreto legislativo establece explícitamente que,además de los gastos no sujetos a colación y las donaciones de valor modesto según los Artículos 742 y 783 del Código Civil,las donaciones de uso bajo el Artículo 770,párrafo 2,también están exentas de impuestos. Estos son regalos típicamente hechos con ocasión de servicios prestados o de acuerdo con prácticas habituales. #### Tributación y Registro de Regalos El decreto confirma que las liberalidades distintas de las donaciones solo pueden ser evaluadas cuando su existencia es evidente a partir de declaraciones hechas por la parte interesada durante los procedimientos de evaluación fiscal. En tales casos,la tasa impositiva sobre estos regalos se incrementa del 7% al 8%,aplicada a la porción que excede la exención legal (por ejemplo,un millón de euros para cónyuges o descendientes). Además,se mantiene el actual tercer párrafo del Artículo 56-bis del Tus,permitiendo el registro voluntario de liberalidades distintas de las donaciones. En tales casos,además de las exenciones legales,se aplican las tasas impositivas ordinarias,que varían según la relación de parentesco,afinidad o matrimonio. #### El Problema de las Donaciones Informales Un aspecto crítico de las donaciones informales es la discrepancia entre las regulaciones civiles y fiscales. Como ha aclarado la doctrina autorizada,estas donaciones están sujetas a impuestos a pesar de ser civilmente nulas debido a la violación de la forma solemne requerida por el Artículo 782 del Código Civil. Esta nulidad significa que el donante,mientras esté vivo,o sus herederos,después de su muerte,pueden buscar la restitución del beneficiario por lo que fue una transferencia impropia. La relevancia fiscal de las donaciones informales ha llevado a su uso generalizado en la planificación patrimonial,a menudo pasando por alto su nulidad civil. Esto puede exponer al beneficiario a obligaciones de restitución,que probablemente no fueron anticipadas por aquellos que creían que tales transferencias podrían ejecutarse sin problemas como parte de un plan integral de transferencia patrimonial. Por lo tanto,el uso de donaciones informales en la planificación patrimonial requiere una consideración cuidadosa. #### Conclusión La reforma del impuesto sobre sucesiones y donaciones,particularmente la redefinición del Artículo 56-bis del Tus,trae cambios significativos al tratamiento de los regalos indirectos e informales. Al eliminar la condición cuantitativa e introducir exenciones específicas,el nuevo decreto busca aclarar y simplificar las implicaciones fiscales de estos regalos. Sin embargo,la nulidad civil de las donaciones informales sigue siendo un problema crítico,subrayando la necesidad de una planificación meticulosa y conciencia de las posibles consecuencias legales y fiscales. ### Aspectos Críticos y Problemas Potenciales:1. Discrepancias Civiles vs. Fiscales:La nulidad civil de las donaciones informales frente a su reconocimiento fiscal puede llevar a disputas legales y reclamaciones de restitución. 2. Complejidad en la Planificación Patrimonial:El uso de donaciones informales en la planificación patrimonial requiere una consideración cuidadosa para evitar consecuencias legales y fiscales no deseadas. 3. Aumento de la Tasa Impositiva:El aumento de la tasa impositiva del 7% al 8% para ciertos regalos puede impactar las estrategias de planificación patrimonial. ### Errores Comunes y Errores:1. Pasar por Alto la Nulidad Civil:Ignorar la nulidad civil de las donaciones informales puede resultar en desafíos legales inesperados. 2. Malinterpretación de Exenciones:Malinterpretar las exenciones específicas introducidas por el nuevo decreto puede llevar a declaraciones fiscales incorrectas. 3. Documentación Inadecuada:No documentar adecuadamente los regalos puede complicar las evaluaciones fiscales y los procedimientos legales. ### Sugerencias y Consejos Útiles:1. Consultar a Expertos Legales:Involucrarse con profesionales legales y fiscales para navegar por las complejidades de las nuevas regulaciones. 2. Documentación Exhaustiva:Asegurarse de que todos los regalos,especialmente los informales,estén bien documentados para evitar disputas futuras. 3. Mantenerse Informado:Estar al tanto de los cambios legislativos y sus implicaciones para la planificación patrimonial y las obligaciones fiscales.