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Nuevo Impuesto sobre los Cigarrillos Electrónicos: Implicaciones y Regulaciones

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Nuevo Impuesto sobre los Cigarrillos Electrónicos: Implicaciones y Regulaciones

18 set 2024

La reciente reforma legislativa introduce un nuevo impuesto al consumo sobre los cigarrillos electrónicos, junto con sanciones más estrictas.
Este impuesto se aplica a los productos de inhalación no combustibles, excluyendo aquellos autorizados como productos medicinales.
La tasa impositiva se establece en el 40% del impuesto especial sobre los cigarrillos, con el monto exacto determinado anualmente por la Agencia de Aduanas y Monopolios (Adm). El impuesto debe ser pagado por los fabricantes, proveedores intra-UE o importadores, quienes también están obligados a gestionar almacenes autorizados y proporcionar garantías financieras.
La venta a los consumidores finales está restringida a minoristas autorizados.

La reciente reforma legislativa ha introducido un nuevo impuesto al consumo sobre los cigarrillos electrónicos, junto con sanciones más estrictas.
Este impuesto se dirige a productos de inhalación no combustibles hechos de sustancias sólidas distintas del tabaco, contengan o no nicotina.
Sin embargo, los productos autorizados como medicinales bajo el Dlgs 219/2006 están exentos.

La tasa impositiva se establece en el 40% del impuesto especial sobre los cigarrillos, según el artículo 39 terdecies del Tua.
El monto exacto del impuesto es determinado anualmente por la Agencia de Aduanas y Monopolios (Adm), que también ajusta el impuesto basado en el precio promedio ponderado de los cigarrillos antes del 1 de marzo de cada año.

La responsabilidad fiscal recae en diferentes entidades dependiendo del origen del producto.
Para los artículos producidos nacionalmente, el fabricante es responsable.
Para los suministros intra-UE, el proveedor debe pagar el impuesto directamente si está basado en Italia, o a través de un representante fiscal si no lo está. Los importadores manejan el impuesto para productos de países no pertenecientes a la UE.

Los fabricantes y proveedores intra-UE deben obtener autorización previa de la Adm para establecer y gestionar un almacén.
Estos almacenes almacenan tanto productos nacionales como intra-UE, y los operadores deben proporcionar una garantía financiera igual al 10% del impuesto promedio adeudado sobre los productos almacenados durante los doce meses anteriores.
De manera similar, los representantes fiscales de los proveedores intra-UE deben cumplir con requisitos específicos y proporcionar una garantía basada en el impuesto promedio adeudado durante el año pasado.

Los importadores también necesitan autorización previa de la Adm para introducir productos de terceros países.
La evaluación y el pago del impuesto para fabricantes y proveedores intra-UE se basan en declaraciones mensuales, con pagos debidos el mes siguiente.
Para las importaciones, la evaluación, liquidación y recaudación del impuesto ocurren en la aduana, siguiendo los procedimientos de derechos fronterizos.

Las ventas a los consumidores finales no pueden realizarse de forma remota y deben ocurrir a través de minoristas autorizados, con productos que lleven una marca específica.

Aspectos Críticos y Problemas Potenciales:

  • La carga financiera sobre pequeños fabricantes y proveedores.
  • Cambios potenciales en el mercado debido al aumento de costos de los productos.
  • Desafíos de aplicación para las restricciones de ventas remotas.

Errores Comunes y Fallos:

  • Malentendidos sobre el alcance de la aplicación del impuesto.
  • Garantías financieras inadecuadas.
  • Incumplimiento de las regulaciones de gestión de almacenes.

Sugerencias y Consejos Útiles:

  • Asegúrese de comprender a fondo las nuevas regulaciones fiscales.
  • Mantenga registros precisos para las declaraciones fiscales.
  • Busque asesoramiento profesional para el cumplimiento y los requisitos de garantía financiera.