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Informe de Créditos Fiscales:Una Nueva Era de Flexibilidad

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Informe de Créditos Fiscales:Una Nueva Era de Flexibilidad

07 dic 2024

El reciente cambio legislativo introducido por el Dlgs 1/2024,específicamente el Artículo 13,aborda el problema de larga data del informe de créditos fiscales en el marco RU del modelo de declaración de impuestos.
Anteriormente,la falta de declaración de créditos fiscales podía llevar a su clasificación como 'inexistentes',resultando en la pérdida de beneficios.
La nueva regulación aclara que tales omisiones ya no resultarán en la pérdida del crédito,excepto para ayudas estatales o créditos de minimis.
Este cambio se aplica a los períodos fiscales posteriores al 31 de diciembre de 2022 y simplifica el proceso de declaración al reducir los datos requeridos en el marco RU. La reforma tiene como objetivo agilizar el proceso y asegurar que los contribuyentes no pierdan beneficios debido a errores de declaración.

Informe de Créditos Fiscales:Una Nueva Era de Flexibilidad

La introducción del Artículo 13 en el Dlgs 1/2024 marca un cambio significativo en el manejo de los créditos fiscales dentro del marco RU del modelo de declaración de impuestos. Históricamente,la omisión de créditos fiscales en esta sección podía llevar a su clasificación como 'inexistentes',resultando en la pérdida de los beneficios asociados. Este problema ha sido un punto de controversia,con debates centrados en si tales omisiones deberían hacer que el crédito sea 'inexistente' o simplemente 'no debido'. En algunos casos,interpretaciones legales han llevado a la pérdida del crédito. Sin embargo,el Artículo 13 resuelve este debate estipulando que la falta de declaración de créditos fiscales no resultará en la pérdida del beneficio,excepto en casos que involucren ayudas estatales o créditos de minimis como se describe en el Artículo 10 del decreto 115/2017. Para estos créditos específicos,el incumplimiento de las obligaciones de registro aún hará que la ayuda sea ilegítima. Las nuevas disposiciones se aplican a las declaraciones fiscales para períodos posteriores al año fiscal que termina el 31 de diciembre de 2022. Para los contribuyentes con un año fiscal alineado con el año calendario,esto significa que no declarar datos en los modelos que vencen el 31 de octubre ya no resultará en la pérdida del crédito. Además,el Dlgs 1/2024 introduce una simplificación de los modelos de declaración,beneficiando particularmente al marco RU,que ahora requiere menos puntos de datos. El marco se divide en tres secciones:Sección I para el crédito acumulado/usado,Sección II para información sobre gastos que califican para créditos específicos (como el crédito '4.0',el crédito 'I+D' y el bono de remediación ambiental),y Sección III para información sobre transferencias de crédito y cualquier excedente de límites de uso. La Sección III se utiliza específicamente al atribuir crédito a los accionistas de empresas transparentes. La asignación de crédito a los accionistas (según la circular 9/E/2021) debe ser proporcional a sus cuotas de participación en las ganancias y debe reflejarse tanto en la declaración de impuestos de la entidad transparente como en la declaración del accionista. La entidad transparente debe completar el marco RU para el período fiscal durante el cual se realizaron las inversiones facilitadas,indicando en la Sección I el monto debido,el monto ya usado y el monto residual a trasladar a la siguiente declaración,neto del monto destinado a la asignación a sus accionistas o colaboradores; este último monto también debe indicarse en la Sección III-B. Los accionistas deben seguir un procedimiento similar,completando la Sección I y la Sección III-A. Es importante señalar que a partir de este año,la indicación de ciertos créditos 'no automáticos' en la Sección I ya no es requerida,excepto en casos específicos. Estos créditos son otorgados por administraciones distintas a la Agencia Tributaria,que transmite los datos a esta última,y para los cuales el único método de utilización es la compensación externa. La lista de estos créditos (y excepciones) está contenida en las instrucciones ministeriales.

Perspectivas:El cambio legislativo introducido por el Dlgs 1/2024 refleja una tendencia más amplia hacia la simplificación del cumplimiento fiscal y la reducción de la carga administrativa sobre los contribuyentes. Al aclarar las consecuencias de no declarar créditos fiscales y simplificar el proceso de declaración,la reforma tiene como objetivo asegurar que los contribuyentes no pierdan beneficios debido a errores de declaración. Este cambio es particularmente significativo para las empresas que dependen de los créditos fiscales como un componente clave de su estrategia financiera. La exclusión de las ayudas estatales y los créditos de minimis de esta indulgencia destaca la importancia del cumplimiento en estas áreas,dado su potencial impacto en la competencia y la equidad del mercado. En general,la reforma representa un paso positivo hacia un sistema fiscal más eficiente y amigable para el contribuyente.