
07 dic 2024
Este comentario crítico examina una decisión judicial que enfatiza la necesidad de lugares protegidos para los acuerdos de reducción salarial,incluso sin cambios en las funciones laborales.
El fallo de la Corte Suprema subraya la inviolabilidad de los salarios acordados a menos que se formalicen en entornos legalmente protegidos,destacando la importancia de salvaguardar los derechos de los trabajadores.
El análisis critica la decisión,el marco legal relevante y las circunstancias que llevaron a la disputa,ofreciendo perspectivas,posibles problemas,oportunidades y consejos prácticos.

La decisión de la Corte Suprema en el caso 26320/2024 ha establecido un precedente significativo respecto a la reducción del salario de un gerente,enfatizando la necesidad de que tales acuerdos se firmen en lugares legalmente protegidos. Este fallo surgió de una disputa entre una empresa y un gerente sobre un acuerdo para reducir el salario del gerente en un 10% debido a las dificultades financieras de la empresa. El gerente,después de firmar el acuerdo,renunció por causa justificada y desafió el acuerdo en los tribunales. Inicialmente,el Tribunal de Lodi desestimó la demanda del gerente,pero el Tribunal de Apelación de Milán revocó esta decisión,declarando nulo el acuerdo de reducción salarial. El tribunal de apelación basó su decisión en la violación de disposiciones legales obligatorias,específicamente el Artículo 2103 del Código Civil,que requiere validación en un lugar protegido,especialmente cuando no hay cambios en las funciones laborales. La Corte Suprema confirmó la decisión del tribunal de apelación,reforzando el principio de que el salario acordado en el momento de la contratación no está sujeto a reducción,incluso por acuerdo mutuo,a menos que se formalice en un lugar protegido. Este principio está arraigado en el marco legal más amplio que permite cambios perjudiciales solo bajo condiciones específicas,como cambios en las funciones laborales,y solo si se formalizan en un entorno protegido. El tribunal enfatizó además que si la reducción salarial es inadmisible sin un cambio en las funciones,lo es aún más cuando no ocurre tal cambio y el acuerdo no se realiza en un lugar protegido. En consecuencia,el acuerdo de reducción salarial firmado por el gerente fue declarado nulo debido al incumplimiento de las formalidades legales diseñadas para proteger los derechos sustantivos del trabajador,independientemente de cualquier cambio en las funciones o nivel de trabajo.